Norma Mexicana 025
NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación
COMITÉ DE IGUALDAD LABORAL
El comité tiene por objetivo contribuir al mejoramiento de la calidad laboral y fomentar la no discriminación laboral y la no violencia, vigilando el desarrollo e implementación de la política de igualdad laboral y no discriminación de la propia Secretaría y está conformado de la siguiente manera:
Lic. Claudia Moreno Rivera
PRESIDENTE
Lic. María Eugenia Flores Zesati
SECRETARIA TÉCNICA
Lic. Evelyn Torres Hernández
VOCAL
Lic. Sandra Ivette
Reséndez Espino
VOCAL
Asimismo el comité se conforma de seis subcomités integrados por:
-Lic. Daniel Gómez Barraza / Recursos Humanos
-Lic. Carmen Ivette Balderrama Pérez / Evaluación, seguimiento y mejora
-Lic. Lehí Marmolejo Estrada / Vida laboral y familiar
DECLARACIÓN DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN SIN DISCRIMINACIÓN
En la STPS nos comprometemos con la imparcialidad en los procesos de contratación, otorgando las mismas oportunidades de empleo a las personas candidatas, sin importar: raza, color, religión, género, orientación sexual, estado civil o conyugal, nacionalidad, discapacidad, o cualquier otra situación de vulnerabilidad protegida por las leyes federales, estatales o locales
Queda estrictamente prohibida cualquier forma de maltrato, discriminación, violencia y segregación por razones de:
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Puesto
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Apariencia física
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Cultura
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Discapacidad
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Idioma
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Sexo
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Género
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Edad
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Condición social, económica, de salud o jurídica.
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Embarazo
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Estado civil o conyugal
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Religión
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Opiniones
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Origen étnico o nacional
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Preferencias sexuales
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Situación migratoria
En la STPS como parte de nuestra política de igualdad laboral y no discriminación, en los procesos de reclutamiento y selección las pruebas de embarazo y virus de inmunodeficiencia humana (VIH) no son impedimentos para la contratación, permanencia o ascenso
LICENCIA DE PATERNIDAD
Si eres trabajador al servicio del Estado tienes derecho a 5 días laborales con goce de sueldo por el nacimiento o adopción de tus hijas o hijos.
Artículo 132, fracción XXVII Bis de la Ley Federal del Trabajo
*Para disfrutar de los días, deberá ser notificado vía oficio (en un plazo no mayor a 10 días a partir de la fecha de nacimiento) y adjuntar una copia simple del acta de nacimiento del infante.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA CASOS DE VIOLENCIA INSTITUCIONAL
Descarga el protocolo ahora y conoce sus características
VIOLENTÓMETRO LABORAL
La violencia laboral también se mide.
Conoce los niveles de violencia e identifícalos.
- Forzar una relación sexual
- Atemorizar con objetos o armas
- Golpear
- Amenazar de muerte
- Reñir, jalonear, empujar
- Despido injustificado
- Robar
- Intimidar, Gritar, Insultar
- Propuestas sexuales directas o indirectas
Cuidado, necesitas ayuda profesional
- Manoseo, tocamientos
- Pedir abrazos o besos por ser jefe/jefa
- Piropos o comentarios ofensivos
- Exigir uso de faldas y/o escotes
- Exhibir contenido pornográfico o sexista
- Extorsión o Corrupción
- Negar derechos laborales
- Congelamiento (restringir oportunidades y condiciones laborales)
- Obsequios para favorecer condiciones
laborales
- Críticas constantes y/o sin fundamentos
Reacciona, no te dejes destruir
- Abuso de confianza, autoridad,
prepotencia
- Malos tratos en atención a usuarios
- Discriminación (embarazo, apariencia, edad, discapacidad, sexualidad)
- Citas de trabajo fuera de la oficina, engañar, difamar.
- Asignar tareas inferiores o superiores
- Burlas o Sobrenombres
- Referirse al personal como objetos o
propiedad
- “Donativos involuntarios”
- Inequidad en espacios laborales
Ojo, la violencia aumentará
CONTACTO
Lic. Claudia Moreno Rivera
Presidenta del Comité
(614)429-33-00 Ext. 12129