top of page

Amplían Juntas de Conciliación y Arbitraje medidas ante COVID-19



Permanecerán medidas hasta el 30 de mayo; se encuentra habilitada la recepción de demandas de naturaleza colectiva que soliciten la modificación, suspensión o terminación de relaciones de trabajo derivadas de la emergencia sanitaria

 

En virtud del acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de abril del 2020, en el cual se modifica el acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje (JLCA) del estado de Chihuahua formularon la ampliación de las medidas para evitar actuaciones que generarían un mayor número de afluencia de personas en un mismo espacio hasta el día 30 de mayo.

Las JLCA anunciaron que todas las audiencias y diligencias programadas continuarán suspendidas, por lo que se reagendarán y se notificará a las partes involucradas.

La medida excluye el procedimiento de huelga, colectivo de naturaleza económica y la celebración de convenios de naturaleza colectiva sin juicio de competencia local, cuando tengan su justificación en la emergencia sanitaria decretada.

En Oficialía de Partes se recibirá únicamente lo relativo a los asuntos previamente mencionados, cumplimientos de laudos, convenios, comparecencias, y desistimientos, encontrándose habilitados a recibir solo este tipo de promociones el secretario general y sus auxiliares.


La dependencia informó que permanecerá habilitada la recepción de demandas de naturaleza colectiva que soliciten la modificación, suspensión o terminación de relaciones colectivas de trabajo derivadas de la emergencia sanitaria.

Este periodo será declarado como días inhábiles pero laborables, por lo que no correrán los plazos y términos legales en los procedimientos ordinarios de carácter individual, excepto en el procedimiento de huelga, procedimientos colectivos de naturaleza económica y procedimientos especiales.


Las JLCA informaron que únicamente quedará permitido el acceso a las instalaciones a aquellos usuarios que realicen un trámite relacionado con la celebración de convenios, cumplimientos de laudos, desistimientos, procedimientos laborales de carácter colectivo y procedimientos especiales.


El horario de atención al público para las cuestiones señaladas será de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, exceptuando los días determinados por los plenos de las Juntas Locales como días de descanso obligatorio.


La circular emitida por las Juntas puede ser consultada y descargada a través del enlace: https://bit.ly/JLCA0520

625 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page